Reglamento 2024/1991 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la restauración de la naturaleza y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2022/869


Detalles

La CEOE ha publicado un informe sobre el Reglamento 2024/1991 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la restauración de la naturaleza, que modifica el Reglamento (UE) 2022/869, en el que se abordan, entre otros, los siguientes temas clave:

- Antecedentes y objetivo del reglamento. En concreto, este surge de la Estrategia de la UE sobre biodiversidad a 2030 y tiene como objetivo principal la recuperación de ecosistemas ricos en biodiversidad y resilientes en todas las zonas terrestres y marinas de los Estados miembros.
- Metas de restauración: Establece el objetivo de restaurar al menos el 20 % de las zonas terrestres y marítimas de la UE antes de 2030, y todos los ecosistemas que necesiten restauración para 2050.
- Planes Nacionales de Restauración: Cada Estado miembro debe elaborar un Plan Nacional de Restauración a 2050, detallando medidas específicas para diferentes tipos de ecosistemas.
- Ecosistemas objetivo: Incluye medidas para ecosistemas terrestres, costeros, de agua dulce, marítimos, agrícolas, urbanos y forestales, así como para la restauración de poblaciones de polinizadores y la conectividad natural de los ríos.
- Plazos y objetivos específicos: Establece objetivos porcentuales para la restauración de diferentes tipos de hábitats en 2030, 2040 y 2050.
- Financiación y seguimiento: Los planes deben incluir estimaciones de necesidades de financiación y sistemas de seguimiento para evaluar la eficacia de las medidas.
- Excepciones y flexibilidad: El reglamento permite ciertas excepciones y flexibilidad en la implementación de las medidas de restauración bajo circunstancias específicas.

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